14 Dic ¿Puede echarme de casa mi pareja?
En no pocas ocasiones la primera llamada que tengo de mis cliente/as es cuando la situación marital está muy deteriorada, hasta el punto de que algún componente de la pareja amenaza al otro con echarle/a de casa.
¿La ley ampara que mi marido o mi mujer me eche de casa?
La respuesta es NO.
Independientemente de quien sea el titular de la vivienda solo deberé de salir del domicilio familiar por una resolución judicial. Si existe urgencia en que mi cónyuge abandone el domicilio lo más aconsejable es ponerse en contacto con un abogado de confianza y solicitar unas medidas provisionales previas a la demanda de divorcio o unas medidas provisionales derivadas de la admisión de la demanda de divorcio.
Mediante esta demanda podremos solicitar al juez que nos deje seguir con el uso y disfrute de la vivienda. Si existe discrepancia entre las partes, lo habitual es que el juez decida adjudicar ese uso y disfrute al progenitor que vaya a ostentar la guardia y custodia de los hijos que pudieran existir o en su defecto al cónyuge más necesitado de protección.
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